La reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana (o cómo crear una “mayoría silenciada”)

Gerardo Pisarello · Jaume Asens


La “mayoría silenciosa” se ha convertido en una categoría central de la política española actual. En manos del Gobierno, es el arma arrojadiza contra cualquier movilización que cuestione sus políticas. Los que protestan –contra los recortes, contra las privatizaciones, exigiendo mayor democracia– son siempre una minoría. Ruidosa, extremista, invariablemente manipulada. La “mayoría silenciosa”, en cambio, sería la expresión ontológica de una sociedad civilizada. La que se queda en casa, la que soporta estoicamente los ajustes y las exhibiciones de impunidad de los que mandan.

El problema se produce cuando las minorías ruidosas comienzan a crecer. O cuando amenazan con votar como no deberían. En esos casos, la “mayoría silenciosa”, o mejor, “silenciada”, ya no es un concepto descriptivo. Es algo que conviene crear. Aparatosamente, a través de una mayor represión directa. O de manera sutil, a través de medidas que neutralicen o desgasten a quienes se resisten a entrar en razón y que dificulten el control judicial. El anuncio del Ministro del Interior Jorge Fernández Díaz de una reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana debe entenderse dentro de esta última estrategia.

Escarmentado por las movilizaciones anti-ajuste contra el PSOE y por el crecimiento del soberanismo en Cataluña, la idea de estrechar el cerco contra la protesta social ha estado presente desde un primer momento en los planes del Partido Popular. El propio Ministro Fernández Díaz ha acompañado cada movilización contra su Gobierno con un anuncio de restricción de libertades y de endurecimiento del marco de sanciones existentes. A menudo, estos anuncios han sido tratados como globos sondas, como una suerte de provocación destinada a quedar en nada o en muy poco. Lo cierto, sin embargo, es que han producido cambios concretos en el marco normativo y han dado cobertura a actuaciones policiales que hubieran resultado intolerables unos años antes.

a) Crear una mayoría silenciada (I): endurecer el Código Penal.

Ya en ocasión de la primera huelga general contra el Gobierno Rajoy, Fernández Díaz denunció un “salto cualitativo” en los hechos de violencias registrados durante las protestas. Esta supuesta “emergencia” era totalmente infundada a la luz de los hechos reales. Sin embargo, le permitió anunciar una reforma del Código Penal que asimilara la llamada “violencia callejera” a conductas terroristas o proto-terroristas. Fernández Díaz también aprovechó la coyuntura para enviar otros mensajes de dureza. Sugirió que asociaciones, partidos y sindicatos respondieran penalmente en aquéllos casos en que algunos de sus afiliados, partícipes en las manifestaciones convocadas, cometieran hechos delictivos. Y pidió lo mismo, en el ámbito civil, para padres y tutores cuyos hijos menores de edad pudieran haber causado daños durante una manifestación.

Muchas de estas medidas fueron descalificadas como un simple exabrupto pour la galerie. Empero, inspiraron buena parte la propuesta de reforma del Código Penal anunciada en ese mismo año por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. El Anteproyecto de Gallarón perseguía varios objetivos simultáneos. Por un lado, contemplaba nuevos delitos y endurecía penas y multas que podían afectar las ocupaciones pacíficas y reivindicativas de entidades bancarias u organismos públicos, los bloqueos simbólicos de transportes públicos o el ciberactivismo en las redes sociales. Por otra parte, ampliaba el alcance de delitos ya existentes como el de desórdenes públicos y abría las puertas a la criminalización de la resistencia pasiva, como había pedido Fernández Díaz [1]. Finalmente, establecía la desaparición de las faltas, que pasaban a convertirse, bien en delitos leves, bien en infracciones administrativas. Esta última medida distaba de ser una expresión del principio de intervención mínima. Muchas actuaciones hasta entonces constitutivas de faltas, en realidad, recibieron un tratamiento penal más duro. Con ello, actuaciones de desobediencia protagonizadas por el 15-M, los Yayoflautas, la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) o el Sindicato Andaluz de Trabajadores corrían el riesgo de recibir abultadas sanciones económicas o de acabar en el banquillo de los acusados, en un juicio penal por delito.

b) Crear una mayoría silenciada (II): reforzar la impunidad policial

Otra de las vías de actuación del Gobierno para “silenciar” a las “minorías ruidosas” sería la ampliación de los márgenes para la represión policial de la protesta. En 2013, la Comisión Legal de la Acampada del 15-M de Sol, de hecho, denunció que en tres años 329 personas habían sido detenidas (y a veces lesionadas) en el transcurso de manifestaciones pacíficas. Estos abusos policiales no merecieron, casi nunca, la apertura de un expediente sancionador. Por el contrario, a menudo contaron con un aval, implícito al menos, de los mandos políticos y policiales. El crédito casi ilimitado dado a los agentes en relación con las víctimas y otros testigos permitiría ampliar las vías represivas de alta y baja intensidad. En poco tiempo, aumentaron los maltratos y las detenciones arbitrarias, se impusieron multas desorbitadas, se abrieron páginas electrónicas para denunciar a sospechosos de “vandalismo” en las manifestaciones y se autorizó la grabación de manifestantes, incluso en aquellos casos en los que no estuvieran cometiendo ilícito alguno.

La generalización de estas prácticas contrastaría con la impunidad concedida a los cuerpos policiales. Esto se pudo ver claramente con motivo de la detención, tras una brutal carga policial, de varias personas en la manifestación del 25  de septiembre de 2012, en protesta por la recién aprobada reforma laboral. Al llegar a la comisaría de Moratalaz los abogados de los detenidos se toparon con un grupo de encapuchados que, a la postre, resultaron ser agentes de la Policía Nacional. A pesar de la queja  de los letrados, Fernández Díaz no tuvo empacho en defender los interrogatorios. Es más, tras la difusión de imágenes de policías encapuchados infiltrados en la manifestación, el ministro sostuvo que el ordenamiento jurídico “debe y va a ser capaz” de hallar mecanismos para que el respeto a la libertad de expresión “no sirva nunca de parapeto” para atentar contra el honor de los policías.

La nueva reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana concreta esta aspiración. No en vano, su diseño ha sido encomendado a un inspector vinculado a las unidades antidisturbios del Cuerpo Nacional de Policía. Tampoco es casual que uno de sus responsables políticos haya sido el Secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, uno de los pocos miembros del Gobierno que ha defendido sin ambages la utilización de cuchillas “anti-migrantes” en las vallas de Ceuta y Melilla. 


c) Crear una mayoría silenciada (III): asfixiar económicamente a los que protestan.

A juzgar por los anuncios realizados por Fernández Díaz, la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana será un complemento perfecto del resto de medidas represivas adoptadas en estos últimos años. De aprobarse, permitiría aumentar sensiblemente el número de infracciones administrativas previstas en la ley actual: de 39 a 55. El repertorio de conductas sancionables se ampliaría de manera notable: escraches, disolución de manifestaciones con vehículos (como las realizadas en Cataluña contra los peajes), quema de contenedores, protestas frente a instituciones como el Congreso de los Diputados, grabaciones o difusiones de imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de sus funciones. Las sanciones por estas conductas también se incrementarían, pudiendo llegar en algunos casos a multas de entre 30.001 y 600.000 euros.

Como salta a la vista, ninguna de las infracciones contempladas obedece a la imaginación del Ministerio del Interior. Todas están vinculadas a acciones de protesta que se han producido recientemente. La filosofía de fondo de la propuesta no carece de lógica: el Gobierno piensa que una multa cuantiosa puede contribuir a configurar su soñada “mayoría silenciosa” con igual o mayor eficacia que una carga policial, que unos días de encierro o que un par de golpes en una furgoneta o en una comisaría.

Hace tiempo, en realidad, que la utilización de las multas y de la llamada “buro-represión” ocupa un lugar central en las estrategias más sutiles de desgaste y de neutralización de la protesta social [2]. Tras la aparición del 15-M, de hecho, se hizo frecuente que las autoridades echaran mano de la Ley de Seguridad Ciudadana de 1992 para multar a quienes protestaban contra las políticas gubernamentales. Este régimen sancionatorio ya resultaba cuestionable en el momento de su aprobación. Pero ha devenido aún más arbitrario en los últimos años. Infracciones leves, como negarse a facilitar el DNI, desobedecer ciertos mandatos de la autoridad u originar desórdenes en los espacios públicos, han acarreado multas de hasta 300 euros. En cambio, infracciones consideradas graves como celebrar reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones que no se hayan comunicado a la autoridad gubernativa, han supuesto multas de entre 300 y 30.000 euros. Y si se trata, por fin, de infracciones muy graves, en las que se ha alterado el funcionamiento de servicios públicos o los transportes, pueden llegar a 600.000 euros.

Manifestantes aislados o activistas pertenecientes a movimientos como el 15-M, el Sindicato Andaluz de Trabajadores o la PAH han sido sancionados con multas cuantiosas que pueden tener un efecto desmovilizador mayor incluso que las simples detenciones. Además de engrosar las arcas de las Delegaciones de Gobierno, estas multas han obligado a los movimientos a desviar sus escasos recursos a tareas que no siempre tienen que ver con sus exigencias inmediatas y a convocar constantes actos de solidaridad para afrontar las sanciones.

La propuesta de Ley de Seguridad Ciudadana viene así a complementar la estrategia represiva diseñada con la reforma del Código Penal. El intento de Interior por llevar a la Audiencia Nacional las protestas ante el Congreso, o el escrache a la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, a un juzgado de Madrid, se saldó con un rotundo fracaso. Los jueces que entendieron en estas causas emitieron duros autos duros autos contra la actuación policial y primaron la libertad de expresión de los ciudadanos. Las sanciones administrativas, en cambio, alcanzarán a muchas más personas y podrán ser impuestas directamente por las Delegaciones de Gobierno, sin control judicial previo. Para obtener una revisión en sede jurisdiccional, de hecho, habrá que recurrir a la vía contencioso-administrativa y pagar unas tasas judiciales que, tras la reforma Gallardón, se han tornado especialmente abusivas.

d) El silencio del miedo y sus límites

Como bien han sostenido los abogados del Colectivo de Juristas andaluz 17 de marzo, la  propuesta de reforma de Fernández Díaz es una suerte de reedición de la Ley de Vagos y Maleantes aprobada en los años 30 del siglo pasado y ampliada durante el franquismo. Además de reforzar la impunidad policial, su objetivo es claro: complementar la profundización del ajuste social con un nuevo ajuste penal. O mejor, con un ajuste penal administrativo, menos garantista pero tan o más eficaz que este último.

Esta combinación entre represión dura y blanda no tiene otro propósito que infundir miedo y convertir a la supuesta minoría ruidosa que desafía al Gobierno en una mayoría silenciada y obediente. Es posible que sus impulsores se salgan con la suya. Pero también podría ocurrir lo contrario. Al amenazar con sanciones económicas elevadas a quienes han perdido su trabajo y su casa, a quienes ya están endeudados o se han visto condenados a una precariedad insoportable, el Gobierno juega con fuego. No solo porque difícilmente le servirá para detener a quienes tienen poco o nada que perder, sino porque entre esos sectores hay mucha gente, cada vez más, que le dio su voto en las últimas elecciones. Negar esa realidad es de necios. Y si el Gobierno insiste en hacerlo, si insiste en imponer por la fuerza el silencio y la resignación, al tiempo que airea su propia impunidad, bien podría ocurrir que el ruido de la indignación, más temprano que tarde, acabe por romperle los tímpanos.

Notas [1] La idea de que la resistencia pacífica y pasiva fuera considerada un delito también había sido defendida en otros ámbitos. Un comisario antidisturbios de la policía catalana, de hecho, llegó a declarar sin disimulo en un programa de Salvados, en la cadena Sexta, que “la resistencia pacífica es violencia” y que si “Ghandi hubiera estado en [la ocupación] de plaza Catalunya” durante el años 2011 debería haber sido detenido [2] Sobre esta noción, vid. Pedro Oliver Olmo (coord.) Burorrepresión. Sanción administrativa y control social, Bomarzo, Albacete, 2013.
Gerardo Pisarello es miembro del Consejo de Redacción de Sin PermisoJaume Asens es miembro de la Comisión de Defensa del Colegio de Abogados de Barcelona. Ambos son miembros del Observatorio DESC.
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