Desde junio de 2013 la Comisión Europea,
órgano no electo pero con facultades para emprender iniciativas sobre política
comercial, y el Departamento de Comercio de EE UU están negociando una
Asociación Transatlántica para el Comercio y la Inversión (ATCI) o TTIP, según
las siglas en inglés de Transatlantic Trade and
Investment Partnership, que no se aprobará antes de 2016. La negociación
corre a cargo de Karel de Gucht, comisario europeo de Comercio que está siendo investigado por defraudar 900.000 euros a
las autoridades fiscales belgas y Michael Froman, por Estados Unidos un tiburón
neoliberal asesor de las cumbres del G8 y G 20.
Esta negociación se ha caracterizado desde
el comienzo la opacidad y la falta de transparencia a pesar de que los acuerdos
afectan a los ciudadanos y que como cualquier otra ley debería estar sometida a
debate parlamentario.
La profunda crisis económica de Estados
Unidos y la Unión Europea Europa desde 2008 es la justificación de un proyecto
que pretende liberalizar las relaciones comerciales entre las dos áreas comerciales más grandes del mundo, con un flujo económico de exportaciones de
Europa a EE UU de 356,8 billones de euros y de 457,1 billones de en sentido
contrario. La principal justificación del acuerdo es que mejorará el empleo y
el crecimiento económico, pese a que organizaciones prestigiosas como el Centre for Economic Policy Research
vaticina que solo promoverá un crecimiento del 0,05% al año
durante los próximos diez años.
La experiencia de anteriores acuerdos
internacionales de libre comercio señala que favorecen la liberalización del
flujo de mercancías, pero no la libre circulación de trabajadores, limitan la
capacidad de negociación de los sindicatos, reducen los salarios y elevan la
desigualdad social.
Los
promotores del Tratado lo presentan como una oportunidad para eliminar los
aranceles que limitan el comercio de productos agrícolas e industriales; abrir los
mercados de Estados Unidos y la Unión Europea a las inversiones, los servicios y
la contratación pública; y homogeneizar los estándares, normas y requisitos
para comercializar bienes y servicios a los dos lados del Atlántico. En
realidad estos tratados están dirigidos fundamentalmente a consolidar
normas y legislaciones que amparan a los fondos de inversión y a las grandes
empresas multinacionales.
El
ATCI supone una continuación de los acuerdos de la Organización Mundial
del Comercio y la Unión
Europea sobre liberalización de servicios que supusieron la
privatización de los servicios públicos en los países de la UE. Con este nuevo tratado
se ampliarían las políticas comunes de inversiones, de derechos
laborales (naturalmente a la baja), la agricultura y la alimentación, la
cultura y los derechos de propiedad intelectual, la contratación pública, la
sanidad pública, la fiscalidad, el medioambiente y una nueva desregulación del
sector financiero. Otros de sus grandes objetivos es la protección de las inversiones
financieras y favorecer los contratos del sector público con empresas privadas
que tendrán un acceso ilimitado a todos
los sectores de la economía.
El
acuerdo se esta negociando con total ausencia de información a la opinión
pública, sin contar con las organizaciones de la sociedad civil como
sindicatos, organizaciones ecologistas, consumidores e incluso de los gobiernos elegidos
democráticamente, ya que únicamente lo negocia la Comisión Europea
que no esta sometida al control del Parlamento Europeo. Sin embargo los grandes
grupos empresariales, las multinacionales y los lobbies
de presión han tenido la oportunidad de participar e influenciar en las
propuestas. Estos grupos se han marcado el objetivo de
conseguir la llamada “cooperación reguladora”, que permitiría su
participación directa en los procesos de
redacción de normativas y legislación, algo que no ha conseguido ni los
gobiernos nacionales de la UE.
Las principales claves del acuerdo son:
-
Limitar
la soberanía de los gobiernos elegidos democráticamente facilitando las demandas
de las empresas contra la puesta en práctica de políticas que afecten a los
intereses de las multinacionales.
-
Otorgar
a las grandes empresas amplias facultades para impugnar nuevas leyes por los
gobiernos, por lo que tras la puesta en marcha del tratado resulta muy difícil
modificar la legislación nacional ordinaria y hará irreversible medidas como
las privatizaciones de los servicios públicos..
-
Abrir
a los mercados sectores clave de los países europeos como la energía, las patentes,
la sanidad pública, o la soberanía
alimentaria.
-
Desregular
los servicios financieros, con la eliminación de las restricciones en materia
de transacciones financieras y de la comercialización de productos financieros derivados
(uno de los desencadenantes de la crisis).
-
Establecer
una regulación financiera que obligue a otros países a aceptar y cumplir los
estándares marcados por los entramados bancarios que controlan la UE y Estados
Unidos en una especie de nuevo colonialismo.
-
Desarrollar
el llamando Mecanismo de Solución de Diferencias entre Inversor y Estado
(ISDS), con normas para proteger la seguridad jurídica de los inversores que
incluye disposiciones contra la expropiación de servicios de interés público o
la libre circulación y transferencia de fondos.
El Tratado tendrá implicaciones muy
negativas y de largo alcance para el Sistema de Salud Público.
Los
acuerdos negociados desde 2009 se han centrado en la regulación y armonización
de las legislación sobre servicios públicos, su apertura al mercado y el acceso
de los inversores privados a los presupuestos públicos, lo que ha implicado la
privatización de algunos de estos servicios.
Los
Sistema Públicos de Salud europeos será uno de los mercados que se abrirán a la
participación de empresas estadounidenses. Las empresas transnacionales pretenden
con esta iniciativa acceder a los presupuestos sanitarios públicos de los
países europeos, para tener la oportunidad para obtener grandes ganancias en un
momento en que tienen dificultades para hacer grandes negocios en otros ámbitos.
Los objetivos en materia sanitaria del
Tratado están dirigidos a eliminar medidas reguladoras (no arancelarias) que
afectan al comercio:
-
Eliminar
o condicionar las normas y marcos legales europeos y nacionales que obligan a
la transparencia de los ensayos clínicos de los laboratorios farmacéuticos.
-
Reducir
las regulaciones ambientales y alimentarías que garantizan la calidad y
seguridad de los mismos a usuarios y consumidores, que son mucho más estrictas
que las norteamericanas.
-
Incrementar
los derechos de propiedad intelectual de las empresas farmacéuticas prolongando
los períodos de las patentes de medicamentos e innovaciones tecnológicas.
-
Proteger
la inversión de las empresas privadas en los sistema sanitarios
Las amenazas más importantes para la
sanidad pública contenidas en el Tratado son:
-
Los gobiernos
no podrán recuperar los servicios externalizados o privatizados, aunque sean un
desastre y sus gastos exorbitantes (como los hospitales PFI de Madrid o de Vigo,
que multiplican por siete su coste real).
-
Las
empresas podrán garantizar y proteger sus inversiones con un arbitraje Inversionista - Estado, que
otorga a las corporaciones el derecho de demandar a un gobierno que tome
decisiones que dañen sus ganancias, al margen de los tribunales nacionales de
justicia. Como consecuencia los gobiernos europeos que adopten medidas
legislativas que reduzcan las expectativas de ganancias a una empresa se
enfrentarán a reclamaciones por "expropiación" al asimilarlas a una incautación
ilegal de la propiedad privada por el gobierno.
-
La
concesión de indemnizaciones en primera instancia para el arbitraje de las inversiones
de las empresas en los sistemas sanitarios públicos supondrá una seria amenaza
para la capacidad de los gobiernos de intervenir en la defensa del interés
público con (de)
políticas que protejan intereses sociales como:
o
Fijar precios
para los productos farmacéuticos y para la promoción de medicamentos genéricos
que garanticen el acceso a los mismos a todos los sectores sociales.
o
Control
y evaluación de tecnologías que se vayan a incorporar al sistema sanitario
público atendiendo a criterios de racionalidad y sostenibilidad
o
Medidas
de protección de la salud pública como
el control del tabaco o de la seguridad y calidad de los alimentos
La
Comisión Europea
y los grupos políticos que apoyan el Tratado alegan, para intentar neutralizar
a las organizaciones que se oponen al mismo, que
Parlamento Europeo aprobó una resolución que excluía de la negociación a los
servicios públicos, especialmente los sanitarios, de la entrada del sector
privado en los mismos, pero hay que recordar que las resoluciones del Parlamento Europeo, no
son vinculantes para la
Comisión Europea que es quien lleva a cabo las negociaciones,
mientras que la influencia de los parlamentos de los estados europeos sobre
estos contenidos del acuerdo es baja o nula.
Por
tanto no está claro que la sanidad pública quede excluida de las cláusulas del
Tratado que garantizan a las empresas privadas el acceso a la misma (creando un
mercado sanitario) y de protección de los inversores. Por otro lado unos de los
objetivos claves de la negociación es garantizar el acceso de las empresas
privadas a la contratación pública y los
servicios sanitarios, dado que estos suponen una parte sustancial de los
presupuestos estatales (en España sobre el 30-40% de los presupuestos de las
CCAA).
En
resumen uno de los principales objetivos del tratado es conseguir la
privatización de los servicios sanitarios, que son vistos por los inversores
privados y por la industria farmacéutica de tecnologías sanitarias como enorme
lista de compras. En este sentido la Comisión de Comercio de la Unión Europea acordó
en 2010 presionar para alcanzar un acuerdo comercial que armonizara la regulación del sector público europeo
con el norteamericano que debía incluir la asistencia sanitaria dada su
importancia económica, por lo que debería privatizarse como en los Estados
Unidos.
Las regulaciones del Tratado pretenden
crear nuevos mercados a la inversión privada
transfiriendo recursos del Sistema Sanitario Público al privado.
En
el desarrollo de esta estrategia ya se han ido dando pasos importantes en
España a lo largo de los últimos años: La financiación públicos privada
para construir los nuevos centros
sanitarios; la externalización de servicios de información (historia clínica
electrónica, centrales de llamadas y de información a los usuarios); las
actividades de evaluación de tecnologías, compra de recursos y planificación
sanitaria; los servicios diagnósticos (laboratorios, diagnóstico por imagen..),
las Centrales de Compras, etc.; que
hasta ahora eran competencia de los gobiernos y de las administraciones
sanitarias; la gestión de los centros
sanitarios a través de múltiples formas de gestión privada (Ley 15/97); y ahora
pretende privatizar las actividades
asistenciales de los servicios para lo que están desarrollando (con una fuerte oposición profesional) las Unidades de Gestión Clínica, que
trasformarán los servicios en empresas independientes con presupuestos propios
y capacidad para comprar y vender sus servicios lo que permitirá a los
inversores privados identificar las principales áreas de negocio, condicionar
las compras de equipamiento, las actividades y las normas de actuación(según su
interés empresarial). El Tratado haría imposible dar marcha atrás en estas
decisiones, ya que abre a las concesionarias la posibilidad de recurrir a las
entidades arbitrales para compensaciones millonarias en base al lucro cesante
(el dinero que dejarían de percibir en unos negociaos tan jugosos).
Repercusiones del Tratado sobre la
política farmacéutica
El
gasto farmacéutico es uno de los principales problemas del sistema sanitario
español. Nuestro gasto en medicamentos es casi el doble de los países de la
Unión Europea y desde los gobiernos centrales y autonómicos, se han ido
adoptando diferentes medias para intentar reducirlo y racionalizarlo. Entre
estas medidas estarían la potenciación de los medicamentos genéricos, la
fijación de precios de referencia, la prescripción por principio activo, la
sustitución de medicamentos bioequivalentes para pagar los de menor precio, el
control de las innovaciones que no aporten mejoras terapéuticas, etc.
Dado
que el lobby de la industria farmacéutica
es uno de los más poderosos del mundo y tienen una gran presencia en el
Departamento de Comercio USA lo que le da acceso privilegiado a los borradores del
acuerdo, cosa que no tiene ni el Parlamento Europeo ni los gobiernos nacionales
de la UE ni mucho
menos las organizaciones civiles, es previsible que el Tratado está siendo
diseñado de acuerdo a los intereses comerciales que desde hace años vienen
promoviendo y que parece son el núcleo duro de los acuerdos alcanzados en la
negociación:
-
Prolongar
el tiempo de vigencia de las patentes de los medicamentos a más de 20 años
-
Retrasar
la entrada de los genéricos en el mercado (las Agencias Estatales deberán
retrasar la evaluación de su eficacia y seguridad a la fecha en que acabe la
patente)
-
Reducir
los requisitos para las patentes, más permisivos en Estados Unidos, para
facilitar la comercialización de las innovaciones biotecnológicas
-
Incrementar
el período de protección de los datos de los medicamentos biológicos a más de
12 años (entre 4 8 en la actualidad)
-
Prohibir
o limitar las políticas de los gobiernos
de precios y reembolsos (favorecer precios más altos para las falsas innovaciones
que no aportan mejoras terapéuticas y establecimiento de precios mínimos para
medicamentos comparables)
-
Presencia
de los laboratorios en los organismos estatales que fijen las políticas de
precios (Garantías Procesales)
-
Limitar
la información de los resultados de los ensayos clínicos de nuevos fármacos
(garantía de calidad y seguridad para los pacientes y facilitar la medicina basada
en la evidencia) para evitar una presunta desventaja comercial de los
laboratorios.
-
Incluir
mecanismos de arbitraje (ajenos a los tribunales de justicia de los países)
para que las compañías puedan reclamar compensaciones económicas por decisiones
que afecten a las patentes, genéricos o controles de pecios que reduzcan su
negocio
-
Convergencia
reglamentaria para que la UE y USA suplanten a la OMS en el establecimiento de normas de registro,
calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos (resucitar el colonialismo
comercial con los países menos desarrollados) afectados
-
Crear
un Comité Industria-Gobiernos para
monitorizar el cumplimiento del acuerdo (patentes, normas de genéricos,
fijación de precios y reembolsos)
Todo
estas medidas incrementarán de manera brutal los gastos
sanitarios para los gobiernos (en detrimento de sus economías), pondrán en
riesgo la sostenibilidad de los sistemas sanitarios públicos, dificultarán el
acceso a los medicamentos de la población en momentos de crisis, aumentarán la
irracionalidad del sistema, y afectarán a la salud de la población generando mayor
mortalidad y carga de enfermedad.
Entre
las principales consecuencias, que se pueden extraer de la escasa
información disponible están:
- Una disminución de las exigencias de
seguridad para los consumidores a las empresas de la industria alimentaría como
la comercialización de los alimentos transgénicos o la desinfección de pollos
mediante cloro (prohibidos en Europa y aprobados en Estados Unidos).
- Recortes y pérdida de control público
en educación formación, desarrollo científico y derechos de propiedad
intelectual, al servicio de las grandes corporaciones privadas.
- Eliminación del derecho a la salud
garantizado por un Sistema sanitario Público Universal y equitativo para
equipararnos al modelo de Estados Unidos donde los derechos sociales básicos no
están garantizados por el Estado.
- Precarización de las condiciones
laborales y salariales de los trabajadores sanitarios,
- Destrucciones de empleo en los
servicios sanitarios y sometimiento de su actuación a los intereses empresariales
como en los hospitales y aseguradoras norteamericanas.
- Desaparición de las regulaciones medioambientales
que garantizan la salud pública como la autorización del fracking para obtener
gas del subsuelo utilizando productos químicos, que pueden contaminar los
acuíferos o las prospecciones petrolíferas sin control.
La
protección de los inversores a costa de la capacidad legislativa de los
gobiernos y de los derechos de los ciudadanos supondrá un ataque a la soberanía
de los países para desarrollar políticas públicas progresistas.
En
resumen se trata de un acuerdo que pone por delante de los derechos de la
ciudadanía a los intereses de las grandes multinacionales. Hay que exigir que
se paralicen las negociaciones y que
cualquier acuerdo que se quiera realizar se haga de manera pública y
transparente y sometido al control de los organismos democráticos de la UE y los países miembros.
Federación
de Asociaciones para la
Defensa
de la Sanidad Pública
5
de Mayo de 2014
ATTAC CyL no se identifica necesariamente con los contenidos publicados, excepto cuando son firmados por la propia organización.
No hay comentarios:
Publicar un comentario